domingo 10 de julio de 2011

Los derechos de los consumidores y sus descontentos (Segunda Parte)

Los transgénicos, Monsanto y los tomates asesinos de Alfredo Bullard

1. El negocio de los transgénicos y la crisis alimentaria.
A pesar de la presión de muchos sectores de la sociedad civil, el gobierno no ha aprobado la ley que establecía la suspensión de la comercialización de transgénicos u organismos genéticamente modificados (OGMs) en el Perú, en aplicación del principio precautorio.
El debate sobre el tema, como siempre, ha sido reenviado a la esfera de las discusiones “científicas” y “técnicas”, donde la lista de beneficios de los OGMs sería mucho mayor a la lista de sus posibles perjuicios. Así, los mayores argumentos del Ejecutivo son que la ley entraría en contradicción con la necesidad de aumentar la producción de alimentos en el país, que frenaría la ejecución de “actividades científicas” y el “desarrollo competitivo”, y se podría exponer al Perú a sanciones ante la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Este debate es muy conocido a nivel internacional, dónde activistas de todo el mundo se han pronunciado sobre el rol de los transgénicos y el monopolio de empresas como Monsanto en la crisis alimentaria. Un estimado de 300 millones de toneladas de alimentos genéticamente modificados son comercializados cada año globalmente, negocio alentado por la cada vez mayor liberalización de los mercados agrícolas (Falkner and Gupta, 2009). Los OGMs cubren la mitad de todos los almacenes en Estados Unidos, mientras la gran agroindustria reporta las mayores ganancias en sus 30 años de historia. Por ejemplo, Monsanto gasta cerca de 6 millones al año sólo en investigaciones, litigación y marketing  (Guehlstorf and Hallstrom, 2005).
En realidad, estos alimentos son producidos por un grupo de transnacionales que a la vez son monopolios de pesticidas y abonos, y que promueven la reducción de la ayuda del sector público a los agricultores locales, quienes al mismo tiempo tienen que competir con esas empresas y usar los productos que venden.  Al final, los pequeños agricultores son golpeados y muchos salen del mercado, la producción global decrece y los productos de las transnacionales se expanden aumentando los precios: Crisis Alimentaria (Shiva, 2005).

2. Deconstruyendo los tomates asesinos de Alfredo Bullard.
Los transgénicos no fueron regulados explícitamente en la ley anterior de protección al consumidor. Una resolución, sin embargo, se pronunció sobre la necesidad de que el proveedor “informe” sobre la naturaleza transgénica del producto (Res.0936-2010/SC2-INDECOPI).
Esta resolución fue duramente criticada por Bullard en “La amenaza de los alimentos mutantes: sobre transgénicos y otros postres” (http://blogs.semanaeconomica.com/blogs/prohibido-prohibir/posts/la-amenaza-de-los-alimentos-mutantes-sobre-transgenicos-y-otros-postres), quien afirmó que exigir que las empresas informen significaba un “costo elevado” porque generaría reacciones “desproporcionadas” en los consumidores. Así, al no existir un riesgo previsible, el peligro de los transgénicos es tan ficticio como los tomates de la película de serie B ochentera “los tomates asesinos”.
Lo primero a decir es que Bullard traiciona lo que viene diciendo desde hace muchos años: que la información está al centro del sistema de protección al consumidor. Para eso usa un razonamiento bastante controvertido. Como no hay certeza del riesgo de estos productos, y la legislación establecía que debía advertirse sólo el “riesgo previsible”, entonces no habría necesidad de exigir la información sobre si un producto es un OGM. Pero la sección de la Ley que se refería a la “advertencia” de los productos peligrosos (artículo 9) no debe confundirse con el derecho del consumidor a obtener información relevante sobre lo que consume, derecho que estaba regulado en los artículos 5 b) y 15 de la Ley.  Bullard usa la normativa de manera imaginativa, como los magos que esconden unas cartas y muestran otras, esconde la normativa de “información relevante” y muestra la de “riesgo previsible”.
Pero el tema de discusión de la resolución, aunque se quiera ir por la tangente, es la relevancia de la información. Y los componentes esenciales de un producto siempre son relevantes, y eso lo ha reconocido tanto la anterior ley como el actual Código que incluso establece que los alimentos que incorporen OGMs deben indicarlo en su etiqueta (artículo 37). No admitir eso es francamente bastante descabellado, sobre todo si estamos hablando de un elemento que ha causado polémica en todo el mundo.
Lo que dice Bullard implícitamente es que no es necesario informar porque no es relevante esa información y más bien exigirla sería ineficiente y “económicamente absurdo” ¿Pero quién considera que esa información no es relevante? ¿Cuál es la fuente de Bullard? Pues no menciona a nadie, es irrelevante porque él dice que es irrelevante ya que “estudios científicos así lo señalan”. Esos estudios -que no cita- pero que de seguro son aquellos de los que hacen eco los teóricos neoliberales, son los  financiados por Monsanto, Eli Lilly, Upjohn, Aventis, Syngenta, compañías de biotecnología que gastan billones de dólares en crear justamente los OGMs, compañías que afirman que los test “privados” que proveen son superiores que cualquier regulación gubernamental porque ellos tiene “mucho que perder si su ciencia es incorrecta” (Guehlstorf and K. Hallstrom, 2005). Lo mismo sucede con los convenios internacionales de la OMC que tanto teme el gobierno incumplir: Monsanto y un puñado de empresas son los que proveen la ciencia y el diagnóstico al mismo tiempo para elaborar dichos convenios (Shiva, 2005).
A pesar de ello, Bullard le dice al ciudadano que no tiene derecho a ser informado sobre lo que come porque eso es económicamente absurdo: “se perjudicaría el comercio” y -esto dice implícitamente- el comercio en abstracto significa desarrollo y beneficia a todos de alguna manera, en algún momento. Este tipo de razonamiento propio del fascismo jurídico (sacrificar intereses particulares en aras del “abstracto bienestar general”) está en muchos de los argumentos de Bullard si es que se leen con detenimiento. Sólo por estar umbilicalmente relacionado, habría que poner atención a su “lo que no mata engorda” (Bullard, 1996).
En dicho artículo Bullard decía, en resumen: es preferible que un pobre coma un producto basura a que muera de hambre, entonces no hay que prohibir los productos basura. En esencia, este es el mismo argumento del gobierno y Monsanto: no importa qué come la gente, lo importante es que coman. Sin embargo, este argumento recubierto de objetividad y racionalidad es profundamente pernicioso. Al no exigirse estándares en los alimentos lo que se hace es abrir la puerta para que algunos puedan trasladar los costos que deberían asumir a la salud del consumidor, quien cuando compra un alimento (y no hay que ser paternalista para decirlo) no lo hace queriendo enfermarse. Así, este razonamiento permite un caso interesante de “acumulación por desposesión” (Harvey, 2003): la salud y bienestar de los consumidores es una mercancía (el ahorro de no cumplir con estándares alimentarios) que es liberada para que las empresas puedan sacar provecho. A nivel global eso se llama el saqueo de los alimentos en nombre del “desarrollo” tecnológico y contra eso hay muchas voces que pelean por la “justicia alimentaria”.
Por ejemplo, por toda Europa los pequeños agricultores que producen sembríos orgánicos luchan contra los OGMs para evitar la contaminación de sus semillas; en California 300,000 agricultores del movimiento “family farm” protestaron en el año 2000 en contra de la National Organic Legislation por ser permisiva con el uso de transgénicos y bio-fertilizantes (y las protestan persisten a lo largo de los años). Consumidores de todo el mundo han respondido negándose a comprar OGMs causando la reducción de ganancias de muchas empresas, llevando a muchas a dejar de ofertar este tipo de alimentos (Shiva, 2005).

Pero todo eso para Bullard es irrelevante, esos son unos tontos que tienen miedo a los “tomates asesinos”.


3. El principio precautorio (y seguimos deconstruyendo…)
Hay 3 niveles regulatorios frente a los OGMs: 1) Suspender su entrada (principio precautorio); 2) Admitirlos pero que se informe al consumidor de su contenido (derecho a la información); 3) Admitir transgénicos sin regulación de ningún tipo. Bullard defiende con fuerza la tercera opción. Es lógico que criticaría aún más la primera.
Pero los modelos regulatorios que están actualmente en conflicto no discuten si es que debe informarse o no, sino si es que debe permitirse la comercialización de los OGMs o no. El modelo estadounidense ha enfatizado la autorregulación en biotecnología según el principio de “equivalencia substancial” que señala que los OGMs no producen riesgos fundamentalmente diferentes a los sembríos convencionales. En cambio el modelo de la Unión Europea se basa en el principio precautorio, desarrollado por la legislación ambiental alemana de los años 70s (Feintuck, 2005), e implementado a nivel comunitario por las Directivas 90/219/EC y 90/220/EC. Este modelo legitima la intervención para evitar daños potencialmente serios o irreversibles bajo condiciones de incerteza científica (Falkner and Gupta, 2009) y su expansión en diferentes marcos regulatorios a nivel nacional, regional e internacional lo convierte en el principio fundamental de la política de protección ambiental (Cameron and Abouchar, 1991).
Así, esta diferencia de modelos se explicaría por diversas razones: Desde culturales (los europeos serían tecno-fóbicos mientras los estadounidenses tecno-fílicos), hasta de percepción científica (los estadounidenses tienen mayor confianza en la biotecnología). Pero la mayor razón es más bien política. En 1986, antes que cualquier OGM sea comercialmente disponible, grandes compañías de biotecnología presionaron al gobierno federal de Estados Unidos para desarrollar un marco regulatorio flexible (Guehlstorf  and Hallstrom, 2005).
Claro que esta situación ha sido legitimada bajo el tamiz de “cientificidad”. Sin embargo, es ridículo pensar que la regulación puede basarse en la mera “ciencia”, dado que el regulador puede elegir usar cualquier “ciencia” que crea conveniente. En realidad, el regulador es típicamente influenciado menos por la calidad de las investigaciones científicas que por lo que los grupos más influyentes demandan  (Morris, 2000; Applegate, 2002). En este escenario las alegaciones de Bullard de que la regulación es económicamente absurda porque algunos científicos así lo señalan, lo que hace en esencia es marginalizar verdaderas expectativas democráticas a expensas de la orientación dominante pro mercado y la narrativa del “progreso a través de la ciencia” (Feintuck, 2005).
En suma, la construcción y la definición del “riesgo” es una elección política, no científica (Fisher, 2003) por lo que la determinación de la política regulatoria sobre los OGMs (y en todo) no debería ser dejado a manos de los “científicos”, ni mucho menos a los Bullards, sino al debate público que se expresa en un proceso democrático a través del Parlamento, que es lo que sucedió en el Perú. Empero, el gobierno y sus legitimadores académicos basados en la “ciencia” se zurraron en este proceso.
Otros prefieren argumentar ya no sobre la base de supuestas pruebas científicas, sino sobre la base de un análisis económico y criterios de eficiencia Kaldor-Hicks. Por ejemplo, Sunstein (2005) señala que el principio precautorio podría privar a la sociedad de beneficios significativos (como la mayor producción de alimentos), produciendo al final un número mayor de afectados que de otra manera no ocurriría. Este argumento (que también usó el gobierno) tiene los mismos errores que las alegaciones “científicas”. La determinación de la regulación se dejaría en manos de los economistas y tecnócratas que harían un análisis costo-beneficio para terminar señalando que lo que se necesita en un país pobre es una regulación flexible. Lo que se alega en realidad es el criterio de eficiencia Kaldor-Hicks (una política pública puede crear perdedores pero los ganadores “en abstracto” podrían compensarlos), que quiere ser considerado como un criterio de eficiencia técnico, neutral y económicamente incontestable por la fuerza política dominante. Sin embargo, Kaldor-Hicks antes que tratar de enmascararse como un criterio técnico debería mostrar su verdadera naturaleza de criterio político de distribución de recursos y así las decisiones sobre quienes ganan y quienes pierden deberían ser tomadas abiertamente en el debate político (Kennedy, 1998) y no mediante los manuales de economía y la camarilla de “tecnócratas” que pretenden legitimar unos poderes sobre otros.


4. ¿Hay alternativas a los transgénicos?
Contra el razonamiento Bullard hay alternativas. En vez de permitir la destrucción de la pequeña agricultura, así como poner en riesgo la biodivesidad y la salud de los consumidores bajo la retórica del “libre comercio”, “precios bajos”, etc. (lo que empobrece más la sierra rural, produce más conflictos sociales al mismo tiempo que perpetúa el path dependency en la inestable industria extractiva), debería reforzarse el sector agrícola, el desarrollo tecnológico sustentable y la producción local, como lo han hecho descaradamente a lo largo de décadas esos países que ahora proclaman “free trade” (Chang, 2008; Stiglitz, 2002) y que intelectuales como Bullard llaman “desarrollados”.

Porque a nosotros nos han vendido el cuento que el apoyo a la agricultura debe ser menor y que nuestra “ventaja comparativa” es exportar gas y metales. Hay que decir frente a ello que sin diversificación de la economía lo único que se promoverá son los conflictos sociales y la desigualdad. En vez de permitir lo que el gobierno está permitiendo y algunos legitiman, debería explorarse las muchas posibilidades que otorga la biodiversidad, promover la tecnología verde y su investigación en las universidades y trabajar para un desarrollo sustentable.

Es cierto que el escenario internacional limita las aspiraciones a una verdadera independencia política y económica. Los países del Sur son fuertemente influenciados por la retórica económica y sus instituciones globales (como la OMC) que promueven la liberalización y desregulación radical bajo el chantaje (Mattei, 2003) de mantenerse “subdesarrollados” y no competitivos (Falkner and Gupta, 2009). Pero la lucha en contra de esto es posible. Primero, a nivel normativo se señala que a diferencia de los “acuerdos” de la OMC, el Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad  abre un espacio para el control de los transgénico a la europea (Falkner and Gupta, 2009). Segundo, se podría mejorar el marco regulatorio internacional si es que los activistas promoviesen que los países ricos en biodiversidad coordinen políticas públicas internacionales de protección, y la academia cumpliese su rol crítico.

5. Epílogo: Películas serie B y doctrinas serie B.
Para algunos sonará chocante que señale que el razonamiento de Bullard es un ejemplo de fascismo jurídico. No deberían soprenderse, el fascismo jurídico ha sido agudamente estudiado demostrándose que los principios económicos del neoliberalismo claramente lo evocan (Somma, Monateri, 2009; Somma, 2005). No hay nada de raro en eso.
Pero si no les gusta este apelativo desde una perspectiva netamente “científica” (y lo digo con sarcasmo), podríamos llamar a las doctrinas de Bullard como doctrinas serie B, como sus tomates asesinos. Así como esas películas que abiertamente querían llamar la atención con escenas obscenas y explícitas para “venderse” y ser populares, en el Perú desde la década pasada muchos abogados economicistas presentan argumentos radicales bajo un ropaje de sofistificación y popularidad (basta leer sus títulos: “En qué momento se jodió el Perú”, “Lo que no mata engorda”, etc…).
Parafraseando a Sherwin, el Derecho se hizo pop en el Perú desde hace buen tiempo. Pero así como estás películas fueron rechazadas por tener un contenido ridículo, deberíamos rechazar también las doctrinas serie B. No quedarnos en su envoltura, sino deconstruirlas, criticar sus paradigmas, y mostrarla así como son, sin máscaras.
Referencias
Nicholas Guehlstorf and Lars K. Hallstrom, “The role of culture in risk regulations: a comparative case study of genetically modified corn in the United States of America and European Union”, Environmental Science & Policy, 8, 2005.
J. Morris, “Defining the Precautionary Principle”, Rethinking Risk and the Precautionary Principle, ed. J. Morris, Butterworth-Heinemann, 2000.
E. Fisher, 'The Rise of the Risk Commonwealth and the Challenge for Administrative Law' , Public Law, 2003.
David Harvey, The New Imperialism, New York: Oxford University Press, 2003.
Chang Ha-Joon, Bad Samaritans: The Myth of Free Trade and the Secret History of Capitalism. New York: Bloomsbury Press, 2008.
Mike Feintuck, “Precautionary Maybe, but What's the Principle? The Precautionary Principle, the Regulationof Risk, and the Public Domain”, Journal of Law and Society, Vol. 32, No. 3, Sep., 2005.
John S. Applegate, “The Taming of the Precautionary Principle”, William & Mary Environmental Law Policy Review, 13, 2002.

Vandana Shiva, Seeds of Suicide The Ecological and Human Costs of Globalisation of Agriculture, Zed Books, 2005.

Robert Falkner and Aarti Gupta, “The limits of regulatory convergence: globalization and GMO politics in the south”, Int Environ Agreements, 9, 2009.

Ugo Mattei, “A theory of Imperial Law: A Study on U.S. Hegemony and the Latin Resistance”, Global Jurist Frontiers, Volme 3, Issue 2, 2003.

Duncan Kennedy, “Law-and-Economics from the Perspective of Critical Legal Studies”, The New Palgrave Dictionary of Economics and the Law, Peter Newman ed., Macmillan, 1998.

Joseph Stiglitz, Globalisation and its discontents, London: Penguin Books, 2002.

P.G. Monateri, Alessandro Somma, “The Fascist Theory of Contract. A Comparative and Historical Inquiry into the Darker Side of Contract Law, Cardozo Electronic Law Bulletin, 2009 (disponible: http://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=1347692).

Alessandro Somma, Liberali in camicia nera. La comune matrice del fascismo e del liberismo giuridico, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, Nueva serie, Número 112, Abril 2005.

Richard Sherwin, When Law Goes Pop: The Vanishing Line between Law and Popular Culture, University Of Chicago Press, 2002.

Alfredo Bullard, "¡Lo Que No Mata Engorda! Los ‘Productos Basura’ y los Prejuicios de la Protección al Consumidor en un País Pobre", Ius et Veritas, 12, 1996.

Alfredo Bullard, “La amenaza de los alimentos mutantes: sobre transgénicos y otros postres”, Prohibido Prohibir (blog). 01/09/2010  (http://blogs.semanaeconomica.com/blogs/prohibido-prohibir/posts/la-amenaza-de-los-alimentos-mutantes-sobre-transgenicos-y-otros-postres)
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Antes que los tomates asesinos, deberiamos ver el documental "El Mundo según Monsanto"...

8 comentarios:

  1. Querido Roger,
    He leído con mucha atención tu artículo y, como para variar, estoy de acuerdo. Solo comento sobre un punto: a través de ese raciocinio simplista y hasta dogmático -muy bien criticado por ti tildándolo de doctrinas serie B-, nuestro amigo Bullard no tiene reparos en medir con la misma vara todos los complejísimos aspectos del ordenamiento jurídico, desde la protección al consumidor, hasta el derecho procesal. Qué te puedo decir, pienso que ya resulta obscenamente pretencioso, ¿no crees? Recuerdo haber leído un categórico artículo en donde, anunciando la muerte del derecho procesal, Bullard confundió esta noción con la de justicia estatal, pretendiendo desvincular el arbitraje de la teoría general del proceso; o sea, el arbitraje no es proceso. Plop.
    Abrazos,
    Renzo

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  2. Estimado Renzo, gracias por el comentario. El análisis de Bullard tiene una característica propia de las teorías sesgadas cuando se vuelven hegemónicas: la arrogancia. Es tan arrogante el análisis economicista que en un artículo deleznable de Pasquel (titulado algo así como "Por qué es exitoso el análisis económico...), señala que una de las razones del éxito de esta perspectiva es que es "sencillo (poco costoso) aprenderlo y aplicarlo a todas las ramas del conocimiento legal".

    El análisis economicista pretende aplicar la economía neoclásica ha cualquier instituto legal. Lo hacen con ignorancia (verdadera o interesada) de muchas corrientes económicas diversas, como la institucionalista, keynesiana, post keynesiana, conductual, etc. Lo resultados son análisis legales radicales que reducen todo a privatizar, desregular y liberalizar.

    Este tipo de análisis recubiertos de "simplicidad", "objetividad" y "superioridad"
    deben ser rechazados y contrapuestos con marcos teóricos mucho más ricos y sinceros. Ese es uno de los objetivos de este blog.

    Un abrazo,

    Roger

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  3. Estaré atento a tus deconstrucciones, querido amigo.
    Un fuerte abrazo,
    Renzo

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  4. Me gusto mucho su artículo...La manera en la que critica a Bullard me parece certera.

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  5. Anonimo 21:20: Muchas gracias, pronto publicaré un ensayo crítico sobre las claúsulas abusivas y el análisis económico que ha sido importado en el Perú.

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  6. Trato de seguir todas las intervenciones de Bullard, sin embargo me he ido dando cuenta que algunos de sus analisis llegan a ofender el sentido comun.
    En una charla brindada en Panamá, decia que debían privatizar las calles para mejorar su eficiencia. Alguien le preguntó, como el Analisis Economico Del Derecho se ocuparía de los pobres que no puedan pagar por usar esas calles. Y el dijo que "debia cobrarse por usar esas calles por la misma razon que se cobra por usar un avion. Porque seas pobre no te van a llevar gratis."

    Respecto a consignar informacion de productos transgenicos, considero que si el riesgo de daño está en cuestionamiento, pues con mayor razón debe advertirsele al consumidor de que ese producto no tiene certeza de ser 100% seguro.

    Bullard se equivocó en cuestionar esa norma.

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  7. Anónimo 13/09/11: El problema con el análisis económico que ha sido importado en Latinoamérica es que se basa en criterios económicos dogmáticos y, por lo tanto, idealistas y fundamentalistas. Al final, estos criterios dogmáticos (como la racionalidad, propiedad privada como paradigma universal o la eficiencia como fin, no como medio) sirven para legitimar políticas públicas radicales e injustas, así como para proponer soluciones simplistas y beneficiosas solo para algunos, como aquella de privatizar el Poder Judicial, los animales en vías de extinción, etc.. Saludos

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  8. Excelente articulo, y totalmente de acuerdo con tigo, sencillamente estamos idealizados de manera errónea nos ven más como mano de obra que como una gran empresa, nos limitan los productos y la forma de surgir.

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